DEFINICION

El Seguro Nacional de Salud (SNS), es el conjunto ordenado de normas y procedimientos que regula el normal funcionamiento de los organismos o entes administrativos mediante los cuales el Estado brindara políticas de salud de una manera optima, dinámica y de prestigio hacia toda la población de la Nación Argentina, de manera universal, gratuita, dinámica, digitalizada, en red y de excelencia (el sistema no brindara gratuidad en el uso y consumo de medicamentos).

Se aplicara a todo ciudadano argentino nativo o naturalizado mediante un seguro obligatorio publico y único de salud, que provendrá por ley del debito de un % de sus haberes destinados para tal fin.

Ante ello, es conveniente entonces la creación del Fondo Público Nacional de la Salud, con el solo objetivo de destinar al mismo el monto total recaudado del sistema; el cual será destinado: 1- a la construcción, equipamiento y mantenimiento de los Hospitales Públicos en todo el territorio de la Nación Argentina (que serán de prestigio, vanguardia o excelencia en cuanto al capital humano y tecnológico) como, 2- al sostenimiento de convenios con empresas privadas gerenciadoras de servicios de salud.

También dichos fondos serán destinados a programas de campañas de prevención en aquellas patologías prevalentes en todo el territorio nacional. Todos los ciudadanos poseerán historias clínicas digitalizadas únicas y en red a nivel nacional, mediante una tarjeta con datos biométricos.

El SNS deberá coordinarse entre el Ministerio de Salud de la Nación con los Ministerios de Salud Provinciales de cada Provincia.




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